El Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración se ha convertido en un requisito imprescindible para quienes desean alquilar propiedades por períodos breves. Con la publicación del Real Decreto 1312/2024 en el BOE el pasado 24 de diciembre de 2024, se establecen nuevas normativas que afectan directamente a propietarios y plataformas de alquiler.
Si eres anfitrión, gestor de propiedades o estás considerando ofrecer tu alojamiento en alquiler, este artículo te explica qué es este registro, quiénes deben obtenerlo, cómo tramitarlo y qué implicaciones tiene su cumplimiento.
I.- ¿QUÉ ES EL REGISTRO ÚNICO DE ARRENDAMIENTOS DE CORTA DURACIÓN?
El Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración es un sistema obligatorio que asigna un número único de arrendamiento o código de comercialización a los alojamientos que se alquilan por cortos períodos. Esta regulación cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2024/1028 el cual obliga a informar sobre los servicios de alquiler de corta estancia en toda la Unión Europea.
Puedes ampliar información sobre esta regulación en nuestro artículo sobre al nueva ley de alquiler temporal en este enlace
Sin este código único, los propietarios NO podrán comercializar su alojamiento en plataformas de alquiler como Airbnb, Booking, Vrbo, entre otras.
II.- ¿QUÉ SE CONSIDERA UN ALQUILER DE CORTA DURACIÓN?
Un alquiler de corta duración es aquel que no se destina a residencia habitual, sino que responde a necesidades temporales, como:
✅ Turismo o vacaciones
✅ Estancias laborales
✅ Estudios
✅ Tratamientos médicos
✅ Cualquier otro motivo que no implique una necesidad de vivienda permanente
Estos alojamientos deben estar completamente equipados y amueblados para ser utilizados durante la estancia.
III.- DIFERENCIAS ENTRE VIVIENDA TEMPORAL Y VIVIENDA TURÍSTICA
El Real Decreto 1312/2024 distingue entre dos tipos de alojamientos:
- Vivienda temporal: Se alquila por un período determinado por razones laborales, médicas, académicas o personales. No necesariamente debe estar registrada como vivienda turística. Puedes comprobar todas sus características aquí.
- Vivienda turística: Se destina al alojamiento de turistas, generalmente por períodos cortos, y debe cumplir con las normativas de cada Comunidad Autónoma. En Madrid los requisitos de las viviendas turísticas los explicamos en el siguiente enlace.
IV.- ¿QUIÉNES DEBEN OBTENER EL NÚMERO DE REGISTRO DE ALQUILER?
Todas las personas físicas o jurídicas que alquilen propiedades de corta duración a través de plataformas digitales están obligadas a registrar su alojamiento y obtener el código único de comercialización.
Esto incluye tanto a propietarios particulares como a empresas gestoras de alquileres vacacionales o temporales.
V.- ¿SOBRE QUÉ ALOJAMIENTOS ES OBLIGATORIO EL REGISTRO?
El código de comercialización es obligatorio para todas las unidades de alquiler amuebladas, ya sean:
✔️ Viviendas completas
✔️ Habitaciones dentro de una vivienda
✔️ Embarcaciones habilitadas para alojamiento
🔴 Excepciones: No se aplica a hoteles, apartahoteles, moteles, albergues, campings o áreas de autocaravanas.
VI.- ¿CUÁNDO ES OBLIGATORIO EL REGISTRO?
El Real Decreto 1312/2024 entró en vigor el 2 de enero de 2025, pero la obtención del código será obligatoria a partir del 1 de julio de 2025. A partir de esa fecha, ninguna plataforma de alquiler podrá aceptar anuncios sin este número de registro.
VII.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL CÓDIGO ÚNICO DE COMERCIALIZACIÓN
Para obtener el código de arrendamiento, se requiere:
🔹 Código de Registro Único (CRU) para inmuebles o Número de Identificación del Buque (NIB) para embarcaciones
🔹 Nota simple del Registro de la Propiedad o Bienes Muebles
🔹 Autorizaciones y licencias necesarias para el alquiler
🔹 Declaración de que el alojamiento cuenta con mobiliario y equipamiento adecuado
VIII.-¿CUÁL ES LA VIGENCIA DEL REGISTRO?
- Vigencia: indefinido.
El código se asigna automáticamente al presentar la solicitud, pero está sujeto a una calificación registral. Si se detecta algún error, puede ser revocado.
IX.- ¿CÓMO OBTENER EL CÓDIGO DE COMERCIALIZACIÓN?
El procedimiento se puede realizar tanto de forma telemática como presencialmente.
Desde Quikprokuo podemos tramitar la obtención de la inscripción en el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración que necesites.
X.- ¿QUÉ PASA SI NO SE OBTIENE EL CÓDIGO DE REGISTRO?
Los propietarios y gestores que no obtengan el código se exponen a sanciones, ya que no podrán publicitar sus alojamientos en plataformas de alquiler.
Además, las autoridades pueden imponer multas económicas por incumplimiento de la normativa.
CONCLUSIÓN
El Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración es una medida que busca regularizar y transparentar el mercado de alquileres temporales en España. Si deseas alquilar tu propiedad a corto plazo, es fundamental obtener el código de comercialización antes del 1 de julio de 2025.
📌 Recomendación: No dejes la gestión para última hora. Si tienes un alojamiento en alquiler, realiza el registro cuanto antes para evitar contratiempos y continuar ofreciendo tu propiedad en plataformas de alquiler sin inconvenientes.
Si necesitas más información o que tramitemos tu código en el Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración, puedes contactar con nosotros aquí.