Según el INE, el número de viviendas turísticas en Madrid a fecha de octubre 2023 es de 16.351 y sigue en aumento. Desde marzo 2022 a marzo 2023 el número de viviendas turísticas en Madrid ha aumentado en 4500 inmuebles, todo ello como consecuencia de la reactivación del turismo desde el verano 2022.

Este repunte del turismo hace que muchos inversores vean la opción de transformar su inmueble en una vivienda turística como una buena oportunidad para rentabilizar sus inmuebles.

Pero hay que tener en cuenta que las viviendas de uso turístico en Madrid están sujetas a una serie de requisitos para garantizar la calidad y seguridad de los alojamientos ofrecidos a los visitantes. Estos requisitos son definidos por la normativa y deben ser cumplidos por los propietarios que deseen alquilar sus viviendas con fines turísticos.

 

1.- DEFINICIÓN

El Decreto 79/2014, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid, establece

“tienen la consideración de viviendas de uso turístico aquellos pisos, estudios, apartamentos o casas que, de forma habitual, amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, son comercializados y promocionados en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción, para ser cedidos en su totalidad con fines de alojamiento turístico y a cambio de un precio.”

“la actividad de alojamiento turístico se ejerce de forma habitual desde el momento en que el interesado se publicita por cualquier medio y presenta la preceptiva Declaración Responsable de inicio de actividad”.

 

2.- LICENCIAS

 

Uno de los requisitos fundamentales es la obtención de una licencia de la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la actividad de vivienda de uso turístico.

Se deberá presentar una declaración responsable de inicio de la actividad de alojamiento turístico, y deberá ir acompañada del CIVUT (Certificado de Idoneidad para Viviendas de Uso Turístico).

 

3.- CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE:

 Para obtener esta licencia, es necesario que la vivienda cumpla con una serie de características y condiciones, como disponer de un acceso independiente desde la vía pública y contar con un certificado de idoneidad del inmueble.

El Decreto 79/2014, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid, determina que la vivienda deberá disponer:

1.- Disponer de calefacción y suministro de agua fría y caliente.

2.- Disponer al menos de una ventilación directa al exterior o a patio no cubierto.

3.- Disponer de un extintor manual, en el interior de la vivienda colocado a no más de 15 metros de la puerta de salida de la vivienda.

4.- Disponer de señalización básica de emergencia indicando la puerta de salida de la vivienda.

5.- Disponer de un plano de evacuación del edificio y de la vivienda en un lugar visible.

6.- Estarán compuestas como mínimo, por un salón-comedor, cocina, dormitorio y baño, pudiendo denominarse “estudios” cuando en el salón-comedor-cocina esté integrado el dormitorio y cuente con un máximo de dos plazas.

7.- En cada vivienda de uso turístico debe especificarse un número de teléfono de atención permanente, para las incidencias o consultas que los usuarios puedan plantear; así mismo deberá disponer de un rótulo informativo con los teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios redactados al menos en español e inglés.

8.- Se contratarán amuebladas, equipadas y en condiciones de uso inmediato. Además deberán tener a disposición de los usuarios hojas oficiales de reclamación.

9.- Los titulares de viviendas de uso turístico deberán respetar las siguientes capacidades máximas de alojamiento:

  1. a) Para viviendas inferiores a 25 m2útiles, hasta dos personas, en al menos una pieza habitable.
  2. b) Para viviendas entre 25 m2y 40 m2útiles, hasta cuatro personas, en al menos dos piezas habitables.
  3. c) Por cada 10 m2útiles adicionales en, al menos una pieza habitable más independiente, se permitirán dos personas más.

 

4.- REQUISITOS FISCALES

 

Otro requisito importante es el cumplimiento de la normativa fiscal. Los propietarios de viviendas de uso turístico deben tributar por los ingresos generados por esta actividad, ya sea a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto sobre Sociedades, según corresponda. Además, están obligados a emitir facturas o recibos a los huéspedes que se alojen en sus viviendas.

Es importante destacar que además de los requisitos establecidos por la normativa, los propietarios deben cumplir con otras obligaciones, como la tenencia de un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros, el respeto a las normas de convivencia y no causar molestias a los vecinos, así como asegurar las condiciones de higiene y limpieza adecuadas en la vivienda.

En resumen, las viviendas de uso turístico en Madrid deben cumplir con una serie de requisitos para garantizar la seguridad y calidad de los alojamientos ofrecidos a los turistas. Estos requisitos incluyen la obtención de una licencia, el cumplimiento de normas de seguridad y habitabilidad, el cumplimiento de la normativa fiscal, entre otros.

Es importante que los propietarios se informen y cumplan con todas estas exigencias para evitar posibles sanciones y ofrecer una experiencia satisfactoria a los visitantes.

 

5.- EL MERCADO DE VIVIENDAS TURÍSTICAS

 

Es un mercado dinámico que está influenciado por una serie de factores, entre los que se incluyen:

  • El turismo: El aumento del turismo en una ciudad es el principal factor que impulsa el crecimiento del mercado de viviendas turísticas. Esto se debe a que el aumento de la demanda de alojamiento turístico crea una oportunidad para los propietarios de viviendas que desean alquilar sus propiedades a turistas.
  • La regulación: La regulación del mercado de viviendas turísticas también puede influir en su crecimiento. Por ejemplo, las restricciones sobre el número de viviendas que se pueden alquilar a turistas pueden reducir la oferta de viviendas turísticas, lo que puede conducir a un aumento de los precios.
  • La oferta y la demanda: La oferta y la demanda de viviendas turísticas también juegan un papel importante en el mercado. Si hay una mayor oferta de viviendas turísticas que la demanda, los precios tenderán a caer. Por el contrario, si la demanda de viviendas turísticas es mayor que la oferta, los precios tenderán a subir.

Otros factores que pueden influir en el mercado de viviendas turísticas incluyen:

  • El precio de la vivienda: El precio de la vivienda puede afectar a la rentabilidad de alquilar una vivienda a turistas. Si el precio de la vivienda es alto, los propietarios pueden tener que cobrar más por el alquiler para obtener un beneficio.
  • Los costes de alquiler: Los costes de alquiler, como los impuestos y las tasas, también pueden afectar a la rentabilidad de alquilar una vivienda a turistas.
  • La ubicación: La ubicación de la vivienda puede influir en su atractivo para los turistas. Las viviendas ubicadas en zonas turísticas populares suelen ser más rentables que las que se encuentran en zonas menos turísticas.

En el caso de Madrid, el mercado de viviendas turísticas ha experimentado un crecimiento constante en los últimos años, impulsado por el aumento del turismo en la ciudad.

Es probable que el mercado de viviendas turísticas en Madrid siga siendo un mercado dinámico en los próximos años. El crecimiento del turismo en la ciudad, junto con la regulación del mercado, seguirá influyendo en el desarrollo del mercado.

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