Creación de Sociedades con y sin DUE (Documento Único Electrónico)
La constitución de sociedades ha sufrido un gran cambio desde al año 2016 con la aparición del DUE (Documento Único Electrónico) por el que pueden realizarse todos los trámites administrativos de manera integrada y vía electrónica, para la constitución y extinción de sociedades de responsabilidad limitada.
Asimismo, los mismos trámites se pueden realizar por DUE en referencia a:
Sociedades de responsabilidad limitada
Sociedades de responsabilidad limitada de formación sucesiva
Sociedades de responsabilidad limitada nueva empresa
Sociedades civiles
Comunidades de bienes
Alta y cese de actividad de autónomos
El DUE es utilizado por los PAE (puntos de atención al emprendedor), organizaciones que se encargan de facilitar la creación de nuevas empresas, inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento y apoyo.
Ahorro costes
La realización de estos trámites a través de un PAE supone al emprendedor un ahorro de gastos y tiempo considerable. A modo de ejemplo, los costes de Notaría, de manera tradicional, suelen suponer unos 400€ como media, y de 60€ a 150€ a través de DUE, y los gastos del Registro Mercantil suelen oscilar en 200€ de manera tradicional y no supera los 100€ cuando se realiza a través de un PAE.
Agilidad
El ahorro en tiempo de tramitación es también llamativo. No supera los 2 días la realización de todos los trámites de constitución, en lugar de los 30 días de media que suponía el método tradicional.
Visto lo visto, constituir una sociedad a través de un PAE supone un ahorro en costes y tiempo considerable, ambos aspectos tan vitales en los primeros pasos del emprendimiento.
Si, junto con esto, se busca un asesoramiento especializado jurídico para la elaboración de la sociedad, crearemos una sociedad a medida, fuerte y eficiente, cuya tramitación se realizará de manera rápida y económica.