Desahucios 2025: la Sentencia Constitucional 26/2025 y su impacto en grandes tenedores y propietarios

La nueva ordenanza de terrazas de Madrid, cuya entrada en vigor está prevista para enero de 2026, no solo redefine las condiciones de instalación y uso de terrazas, sino que endurece de forma significativa el régimen sancionador aplicable a los hosteleros.

Muchos titulares de bares y restaurantes desconocen que infracciones habituales hasta ahora toleradas podrán dar lugar a multas elevadas, retirada de la terraza e incluso cierre temporal del local.

En este artículo explicamos qué conductas serán sancionables, qué cuantías económicas se prevén y qué opciones legales existen para recurrir una sanción municipal.

1. ¿Por qué se refuerzan las sanciones en la nueva ordenanza?

El Ayuntamiento de Madrid justifica el endurecimiento sancionador por tres motivos principales:

  • Incremento de quejas vecinales por ruido
  • Ocupación excesiva o irregular del espacio público
  • Falta de control efectivo con la normativa anterior

La nueva ordenanza busca disuadir, no solo corregir, por lo que introduce multas más altas y medidas accesorias (suspensión, retirada o reducción de terrazas).

 

2. Principales infracciones sancionables

Aunque habrá que atender al texto definitivo aprobado, la nueva ordenanza tipifica como infracciones, entre otras:

▪ Exceso de mesas o superficie autorizada

Colocar más mesas, sillas o elementos auxiliares de los permitidos en la licencia.

▪ Incumplimiento de horarios

Especialmente relevante en franjas nocturnas y fines de semana.

▪ Generación de ruido

Conversaciones, arrastre de mobiliario, música ambiental no permitida o falta de medidas correctoras.

▪ Instalaciones no autorizadas

Cerramientos, toldos, estufas, plataformas o elementos fijos sin licencia expresa.

▪ Ocupación indebida del espacio público

Invadir pasos peatonales, accesos a portales, zonas de emergencia o áreas no autorizadas.

 

3. Tipos de sanciones y cuantías económicas

Las sanciones se graduarán según la gravedad de la infracción:

 Infracciones leves

  • Multas económicas
  • Requerimiento de subsanación

Infracciones graves

  • Multas más elevadas
  • Reducción de la superficie de terraza
  • Suspensión temporal de la autorización

Infracciones muy graves

  • Multas de alto importe
  • Retirada de la terraza
  • Cierre temporal del establecimiento en casos reiterados

Además, la reincidencia será un factor clave para agravar la sanción.

 

4. ¿Puede el Ayuntamiento retirar una terraza ya concedida?

Sí.
La nueva ordenanza refuerza la potestad municipal para:

  • Reducir el número de mesas
  • Suspender temporalmente la terraza
  • Revocar la autorización si se acredita incumplimiento reiterado

Incluso terrazas históricas o con años de funcionamiento pueden verse afectadas si no se adaptan a la nueva normativa.

 

5. Cómo actuar ante una sanción o expediente municipal

Recibir una notificación del Ayuntamiento no significa que la sanción sea firme. En la práctica, muchos expedientes presentan defectos formales o errores de fondo.

Las claves son:

  1. Revisar el acta de inspección
  2. Comprobar si existe prueba suficiente del incumplimiento
  3. Analizar la proporcionalidad de la sanción
  4. Presentar alegaciones en plazo
  5. Valorar recurso administrativo o contencioso

 Los plazos son breves y su incumplimiento implica la firmeza de la sanción.

 

6. Prevención: la mejor defensa frente a sanciones

La experiencia demuestra que muchas sanciones se producen por:

  • Licencias antiguas no actualizadas
  • Cambios de criterio municipal
  • Desconocimiento de los límites exactos de la autorización

Por ello, es recomendable realizar una revisión legal preventiva de la terraza, especialmente antes de la entrada en vigor de la nueva ordenanza.

 

7. Asesoramiento legal especializado en terrazas y hostelería en Madrid

La normativa de terrazas combina derecho administrativo, urbanismo y actividad económica, y requiere un análisis jurídico específico en cada caso.

En Quikprokuo Abogados Inmobiliarios asesoramos a:

  • Hosteleros
  • Propietarios de locales
  • Inversores
  • Comunidades de vecinos

tanto en prevención, como en defensa frente a sanciones, cierres o retiradas de terrazas.

📩 Si tienes una terraza en Madrid o estás pensando en adquirir un local con terraza, conviene analizar su situación legal antes de que la nueva ordenanza entre en vigor, ponte en contacto con nosotros.